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25/03/2023 |
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación |
SEMANA 20 al 23 de Marzo!!!! |
SEMANA 20 al 23 de Marzo - Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras
de posible impacto en vuestra Explotación: ·
Martes 21/03/2023 – COMPENSACIONES SECTOR BOVINO - Res.
321/2023 MINISTERIO DE ECONOMÍA. Tiene como objetivo asistir a los
productores que ingresen animales en la modalidad de engorde a corral o feedlot
por un plazo mínimo de 120 días y que, luego, en un plazo no mayor a 30 días,
los remitan a faena para el mercado interno. El subsidio al sector primario
será de $ 5.200 mensuales por cuatro meses por cabeza, y con un límite máximo
de 100 animales y de $ 2,08 millones por productor. La resolución establece que
la convocatoria estará abierta por 120 días y tendrá un cupo total de 720.000
cabezas que se fraccionarán en cuatro cupos parciales de 180.000 cabezas por
cada 30 días.- RECORDATORIO
–Información Productiva IP3- EXISTENCIAS DE TRIGO AL 28 DE FEBRERO DE 2023 –
Sistema de información “simplificado” agropecuario (SISA). Los
sujetos productores agropecuarios inscriptos en el Régimen y que sean
productores de trigo deberán informar además SUS EXISTENCIAS AL 28 DE FEBRERO
DE 2023 solamente de las siguientes variedades: trigo blando, candeal,
forrajero, pan y trigo plata. En caso de no contar con existencia de granos a
dicha fecha debe igualmente informarse sin existencia a esa fecha (existencia
en cero -0-). La fecha de presentación prevista en la normativa corre entre el
01-03-2023 y 31-03-2023 (fecha límite de ingreso de la información) y el
sistema permite rectificar lo informado en el mismo servicio digital entre el
01-04-2023 y 31-05-2023. Las rectificativas de fecha posterior al 01-06-2023,
deberán formalizarse mediante el servicio “Presentaciones Digitales”.- RECORDATORIO – Emergencia agropecuaria – situación en cada región y
provincia. Producto de la sequía, incendios e incluso heladas en
algunos sectores del país, el Estado declaró la emergencia agropecuaria en la
mayoría de las provincias del país pero solo para algunos eventos. Esta
declaración trae una serie de herramientas para el sector para paliar la
situación de acuerdo al evento y demás consideraciones especiales para cara
región, previstos los beneficios en la Ley 26.509 siendo el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, la AFIP y MINISTERIOS de las respectivas provincias los
principales organismos encargados de su aplicación. En lo que va del año se
declaró o prorrogó la emergencia SOLO PARA ALGUNOS EVENTOS CLIMÁTICOS en las
provincias de Buenos Aires, Chaco, Córdoba, Corrientes, Neuquén, Santa Fe; San
Juan; Río Negro; Chubut; Jujuy, La Pampa; Catamarca, Tucumán, Santa Cruz,
Córdoba, Salta y Mendoza y a la fecha actores locales se encuentran solicitando
la ampliación de las emergencias.- RECORDATORIO – TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA – IMPUESTO A LAS
GANANCIAS – Deducciones y Desgravaciones. Hasta el 31 de
marzo hay plazo para que las y los TRABAJADORES EN RELACIÓN DE
DEPENDENCIA, contribuyentes obligados a presentar el formulario de declaración
jurada F. 572 Web – SIRADIG, ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias
correspondientes al período fiscal 2022. Allí se deben cargar las distintas
deducciones y desgravaciones en el formulario web, que al finalizar será
enviado al empleador.- WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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