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30/03/2025 |
SEMANA 24 al 28 de Marzo - NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!! |
– Mendoza. Declaran el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agropecuarias afectadas por el viento Zonda, helada y granizo /// Se establece un nuevo valor a la suma fija destinada a la ART aplicable a partir de abril de 2025 /// Cierre ETAPA 1° de Marzo ADHESIÓN FRIGORIFICOS Y PLANTAS DE FAENA a Resolución 96/2024 SEC.BIOECONOMÍA TIPIFICACIÓN RESES. /// AUMENTO SUELDOS CAMIONEROS. /// ANSES – Nuevo aumento por movilidad para límites, rangos y montos de asignaciones familiares en un 2,21% /// PARAGUAY aceptó modelo de certificado sanitario propuesto por SENASA para le envío de Carne Vacuna. /// Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) Enero/2025 + Índice de Salarios Diciembre/2024. /// ARCA - IVA en el ticket: desde el próximo martes 1°/Abril todos los comercios deberán discriminar los impuestos nacionales. /// BOPREAL – OPTIMIZACIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS. /// PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes /// TUCUMÁN – REGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES hasta el 31/03/2025 /// 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos. |
SEMANA 24 al 28 de Marzo – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!! · Martes 25/03/2025 – Mendoza. Declaran el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agropecuarias afectadas por el viento Zonda, helada y granizo Resolución (ME) Nº 304/2025 (BO 25/03/2025). Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a los efectos de la aplicación de la ley 26.509, desde el 1° de diciembre de 2024 y hasta el 31 de marzo del 2026, a las explotaciones agropecuarias afectadas por viento Zonda, helada y granizo en la provincia de Mendoza, en numerosos departamentos y distritos detallados en la noma.- · Miércoles 26/03/2025 – Se establece un nuevo valor a la suma fija destinada a la ART aplicable a partir de abril de 2025 (BO 26/03/2025). La Gerencia de Control Prestacional dependiente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante la disposición 3/2025, establece que el valor de la suma a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) será de $1.227 para el devengado del mes de marzo de 2025. La nueva suma se abonará a partir del mes de abril de 2025.- · NOVEDADES Lunes 24/03/2025 – Cierre ETAPA 1° de Marzo ADHESIÓN FRIGORIFICOS Y PLANTAS DE FAENA a Resolución 96/2024 SEC.BIOECONOMÍA TIPIFICACIÓN RESES. A partir de la disposición para que en el plazo de dos años la totalidad de las plantas de faena del país se adhieran al proceso de tipificación de las reses, considerando plazos progresivos según la capacidad de las unidades. Cerrada la primera etapa, el 1° de marzo, se informó de un buen avance con un total de 118 las unidades, mientras que otra decena estaría en proceso de adecuación final representando en total el 80% de la faena. La tipificación es el proceso que clasifica las reses tras la faena según categoría, edad, sexo, terminación y conformación, permitiendo mejorar la calidad del producto y la transparencia comercial.- · NOVEDADES Lunes 24/03/2025 – AUMENTO SUELDOS CAMIONEROS. Se firmó la paritaria del sector que regirá para los sueldos de marzo, abril y mayo. Consta del incremento de un 1,2% en marzo, un 1% en abril y otro 1% para mayo además del 1,9% como compensación por el desfasaje del acuerdo que se había fijado para el trimestre anterior.- · NOVEDADES Martes 25/03/2025 – ANSES – Nuevo aumento por movilidad para límites, rangos y montos de asignaciones familiares en un 2,21% - Resolución 186/2025 (BO 27/03/2025). El incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares será del 2,40% para aquellos que se perciban o cuyos hechos generadores se produzcan a partir del mes de abril de 2025.- · NOVEDADES Jueves 27/03/2025 – PARAGUAY aceptó modelo de certificado sanitario propuesto por SENASA para le envío de Carne Vacuna. Argentina podrá exportar carne y menudencias porcinas a Paraguay, luego de que el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) de ese país aceptara oficialmente el modelo de certificado sanitario propuesto por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de la Argentina (Senasa) para amparar los envíos de esos productos.- · NOVEDADES Jueves 27/03/2025 – Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) Enero/2025 + Índice de Salarios Diciembre/2024. El ÍNDICE RIPTE (Remuneración imponible promedio de trabajadores estables) aumentó en ENERO 2025 a $ 1.234.658,40, lo que implica un aumento mensual de 2,64% y su anualización es del 122,35% (superior a la inflación anualizada a ese mes que fue de 84,54%). El ÍNDICE de SALARIOS aumentó 3,10% en diciembre (mayor a la inflación) y su anualización es del 145,47% (mayor a la inflación anualizada a ese mes).- · RECORDATORIO – ARCA - IVA en el ticket: desde el próximo martes 1°/Abril todos los comercios deberán discriminar los impuestos nacionales. A partir del próximo martes 1 de abril, todos los comercios deberán discriminar en las facturas y tickets, el IVA y los demás impuestos internos nacionales que inciden en los precios, para cumplir con el régimen de Transparencia Fiscal de la Ley Bases. En la factura o ticket de compra el consumidor leerá la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743)", donde estarán discriminados los impuestos.- • RECORDATORIO – BOPREAL – OPTIMIZACIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS. A partir del próximo 30 de abril se podrá utilizar los BOPREAL Serie 1A para cancelar impuestos nacionales y aduaneros, incluyendo intereses, multas y accesorios.- · RECORDATORIO – PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes- RESOL-RG 5629-2024. El 03/02/2025 entro en vigencia el "Plan de Facilidades de pago ESPECIAL" por deudas fiscales vencidas al 31/12/2024 para Pequeños Contribuyentes, PyMES, Salud y Entidades SFL con Certificado PyME vigente durante el año 2024 con plazo de hasta 48 Cuotas mensuales, Tasa mensual 1,81% y con Plazo adhesión hasta el 30 Abr 2025 por lo que se considera que para este tipo de Empresas las Ejecuciones Fiscales y Embargos no se reactivarán por parte de ARCA hasta el 01/05/2025.- · RECORDATORIO – TUCUMÁN – REGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES hasta el 31/03/2025 - RESOL-RG 5629-2024. Ese encuentra vigente un régimen de regularización de deudas fiscales prorrogado hasta el 31/03/2025 por Deudas vencidas y exigibles al 31 de Octubre de 2024, inclusive.- · RECORDATORIO 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos. Este nuevo régimen promueve la incorporación de fondos al circuito formal de la economía con múltiples efectos dinamizadores mediante la incorporación de activos que contribuyen al consumo, el ahorro y la inversión. -Etapa 3 ADHESIÓN Desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive. DDJJ 6 de junio de 2025, inclusive. No podrá blanquearse dinero en efectivo. Quienes no lo hayan hecho durante la primera etapa, podrán exteriorizar cualquier otro bien pero con un costo mayor. En este caso, el impuesto especial será del 15 por ciento. Rige también la franquicia de USD 100.000 para comenzar a pagar el impuesto. Es decir que si una persona decide, por ejemplo, blanquear un inmueble por USD 150.000, deberá pagar el 15% sólo por el excedente, es decir, sobre 50.000 dólares. La adhesión al régimen ofrece tres beneficios fundamentales: Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: los bienes regularizados no serán objeto de ajustes retroactivos por presuntos ingresos no declarados. Liberación de sanciones civiles y penales: los contribuyentes quedarán eximidos de todas las sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos por los bienes que se declaren en el régimen, por las rentas que estos hubieran generado y los fondos que se hubieran utilizado para su adquisición. Tapón fiscal: liberación del pago de los impuestos que se hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes exteriorizados, así como de las respectivas obligaciones accesorias, alcanzando la liberación a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado. De tratarse de empresas, también se libera el gravamen que recae en cabeza de sus socios, es decir, que genera un efecto de “inmunidad” de grupo para el socio de una compañía y viceversa. En efecto, la liberación alcanza no solo a los bienes que se exterioricen en el régimen, sino también a aquellas tenencias y/o bienes que no se poseían al 31 de diciembre de 2023. Para ello deberá acreditarse la posesión o tenencia a esa fecha y en caso de bienes que hayan sido consumidos con anterioridad deberá acreditarse su trazabilidad respecto a los bienes exteriorizados.- WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
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