Novedades Walter Poncio y Cía

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10/03/2025
SEMANA 05 al 07 de Marzo - NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!
– Reducción Impuesto a los Combustibles. Hechos imponibles entre el 1° y el 31° Marzo /// Se terminan las imposiciones obligatorias de Aportes y Contribuciones por parte de Cámaras de Empleadores y similares /// ANSES – Nuevo aumento por movilidad para límites, rangos y montos de asignaciones familiares en un 2,21% /// China suspende la importación de carne de siete empresas sudamericanas /// SENASA, ELIMINACIÓN DE RESOLUCIONES OBSOLETAS según Resolución 120/2025 siguiendo lineamientos de la Ley 27.233 y de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos 27. /// PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes /// 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos.

SEMANA 05 al 07 de Marzo – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!

· Miércoles 05/03/2025 – Reducción Impuesto a los Combustibles. Hechos imponibles entre el 1° y el 31° Marzo – DEC 146/2025 PE (BO 05/03/2025). A partir del 01/03/2025 se mantiene la postergación del incremento remanente de la actualización del 1er trimestre del 2024  y de las actualizaciones del 2do y  3er trimestre del año calendario del 2024 del Impuesto a los Combustibles Líquidos, siendo de aplicación solo el incremento de la actualización del 4to trimestre del 2024.-

· Miércoles 05/03/2025 – Se terminan las imposiciones obligatorias de Aportes y Contribuciones por parte de Cámaras de Empleadores y similares – Dec 149 / 2025 PE (BO 05/03/2025). A través del Decreto 149/2025 se le pone fin a a la posibilidad de que las Convenciones Colectivas de Trabajo impongan aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos. La medida que comenzará a regir en 90 días aplica tanto para los nuevos convenios o acuerdos colectivos como para aquellos que ya contengan una aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en curso, permitiendo que la aceptación anterior pueda ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente.-

· NOVEDADES Miércoles 05/03/2025 – ANSES – Nuevo aumento por movilidad para límites, rangos y montos de asignaciones familiares en un 2,21% - Resolución 152/2025 (BO 05/03/2025) El incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares será del 2,21% para aquellos que se perciban o cuyos hechos generadores se produzcan a partir del mes de marzo de 2025.-

· NOVEDADES Miércoles 05/03/2025 – China suspende la importación de carne de siete empresas sudamericanas El gobierno de Xi Jinping anunció la interrupción de las ventas de carne proveniente de siete compañías de Brasil, Argentina, Uruguay y Mongolia. Esta medida, que generó preocupación en el sector ganadero, se tomó en el marco de una serie de inspecciones sanitarias más estrictas aplicadas a las exportaciones de carne. Según fuentes oficiales, las autoridades chinas detectaron irregularidades en los controles de calidad, lo que motivó la suspensión temporal de las operaciones de estas empresas. Las empresas afectadas por esta medida son en Argentina el Frigorífico Regional General Las Heras S.A. y Frio Dock S.A.; en Brasil, Frisa Frigorífico Rio Doce S/A, Bon-Mart Frigorífico Ltda y JBS S/A; mientras que en Uruguay, quien está afectado es el Frigorífico Sirsil S.A. Por su parte, Mongolia también vio afectada a una empresa exportadora cuya identidad no ha sido revelada hasta el momento. La medida también podría ser interpretada en el contexto de las tensiones comerciales globales y la búsqueda de China de diversificar sus fuentes de abastecimiento de carne.-

· NOVEDADES Miércoles 05/03/2025 – SENASA, ELIMINACIÓN DE RESOLUCIONES OBSOLETAS según Resolución 120/2025 siguiendo lineamientos de la Ley 27.233 y de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos 27.742 (BO 05/03/2025) El Senasa dispuso la eliminación de 61 resoluciones vinculadas a la sanidad vegetal que resultaban obsoletas y una carga innecesaria para el sector privado, en el marco del plan de modernización y desregulación que viene llevando a cabo el organismo. Las resoluciones abrogadas -algunas con más de 30 años de antigüedad- establecían requisitos y trámites que resultan improcedentes en la actualidad, como es el caso de la Resolución 500/2023 que obligaba a los productores a inscribirse en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE).-

· RECORDATORIO – PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes- RESOL-RG 5629-2024. El 03/02/2025 entro en vigencia el "Plan de Facilidades de pago ESPECIAL" por deudas fiscales vencidas al 31/12/2024 para Pequeños Contribuyentes, PyMES, Salud y Entidades SFL con Certificado PyME vigente durante el año 2024 con plazo de hasta 48 Cuotas mensuales, Tasa mensual 1,81% y con Plazo adhesión hasta el 30 Abr 2025 por lo que se considera que para este tipo de Empresas las Ejecuciones Fiscales y Embargos no se reactivarán por parte de ARCA hasta el 01/05/2025.-

· RECORDATORIO 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos. Este nuevo régimen promueve la incorporación de fondos al circuito formal de la economía con múltiples efectos dinamizadores mediante la incorporación de activos que contribuyen al consumo, el ahorro y la inversión. -Etapa 3 ADHESIÓN Desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive. DDJJ 6 de junio de 2025, inclusive. No podrá blanquearse dinero en efectivo. Quienes no lo hayan hecho durante la primera etapa, podrán exteriorizar cualquier otro bien pero con un costo mayor. En este caso, el impuesto especial será del 15 por ciento. Rige también la franquicia de USD 100.000 para comenzar a pagar el impuesto. Es decir que si una persona decide, por ejemplo, blanquear un inmueble por USD 150.000, deberá pagar el 15% sólo por el excedente, es decir, sobre 50.000 dólares. La adhesión al régimen ofrece tres beneficios fundamentales: Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: los bienes regularizados no serán objeto de ajustes retroactivos por presuntos ingresos no declarados. Liberación de sanciones civiles y penales: los contribuyentes quedarán eximidos de todas las sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos por los bienes que se declaren en el régimen, por las rentas que estos hubieran generado y los fondos que se hubieran utilizado para su adquisición. Tapón fiscal: liberación del pago de los impuestos que se hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes exteriorizados, así como de las respectivas obligaciones accesorias, alcanzando la liberación a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado. De tratarse de empresas, también se libera el gravamen que recae en cabeza de sus socios, es decir, que genera un efecto de “inmunidad” de grupo para el socio de una compañía y viceversa. En efecto, la liberación alcanza no solo a los bienes que se exterioricen en el régimen, sino también a aquellas tenencias y/o bienes que no se poseían al 31 de diciembre de 2023. Para ello deberá acreditarse la posesión o tenencia a esa fecha y en caso de bienes que hayan sido consumidos con anterioridad deberá acreditarse su trazabilidad respecto a los bienes exteriorizados.-

 

WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios

 


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