Novedades Walter Poncio y Cía

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02/03/2025
SEMANA 24 al 28 de Febrero - NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!
• – RENATRE aumentó los montos de la Prestación por Desempleo hasta $230.000 a partir de marzo /// IMPORTACIONES Derogación SEDI, el sistema que reemplazó al SIRA /// Gobierno nacional derogó la prohibición de exportar ganado vacuno en pie con destino a faena /// Baja la tasa de interés resarcitorio y punitorio a partir de marzo 2025 /// Modificación tasa de interés del régimen de facilidades de pago permanente, unificando la tasa resarcitoria para todos los contribuyentes y aplicable a los planes presentados desde marzo de 2025 /// EL GOBIERNO ELIMINO TRABAS PARA IMPORTACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS /// ARANCELES USA A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS /// SISA ARCA - 28/Febrero VENCIMIENTO PLAZO PARA INFORMAR SUPERFICIE COSECHA GRUESA / CULTIVOS DE VERANO /// PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes /// 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos.

SEMANA 24 al 28 de Febrero – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!

· Lunes 24/02/2025 – RENATRE aumentó los montos de la Prestación por Desempleo hasta $230.000 a partir de marzo – Resolución 17 / 2025 RENATRE (BO 25/02/2025). RENATRE aprobó un incremento de la Prestación por Desempleo en los montos mínimos y máximos del beneficio, con impacto en los pagos de marzo de 2025 lo que resulta en un aumento del 15% en los valores mínimo y máximo de la prestación ordinaria, fijando el monto mínimo en $115.000 y el máximo en $230.000. Asimismo, se definió elevar la base reguladora que determina la cuota inicial del beneficio, que pasará del 50 % al 55 % de la mejor remuneración normal y habitual del trabajador/a de los últimos 12 meses, con los topes máximos y mínimos fijados.-

· Lunes 24/02/2025 – IMPORTACIONES Derogación SEDI, el sistema que reemplazó al SIRA – Resolución General Conjunta 5651 / 2025 SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (BO 25/02/2025). El SEDI tuvo como objetivo principal obtener información anticipada sobre las operaciones de importación y contemplaba el análisis y seguimiento de datos estadísticos sobre importación de bienes. En ese sentido, se determinó que ya no resulta necesario recabar información anticipada para fines estadísticos".-

· Miércoles 26/02/2025 – Gobierno nacional derogó la prohibición de exportar ganado vacuno en pie con destino a faena – DEC 133/2025 PE (BO 26/02/2025). La SAGP-MECON eliminó la prohibición de exportar ganado vacuno en pie con destino a faena para consumo, tras derogar el Decreto 322/1973 que lo establecía. La medida tiene el objetivo principal de promover y asegurar la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo.-

· Jueves 27/02/2025 – Baja la tasa de interés resarcitorio y punitorio a partir de marzo 2025 – Resolución 199/2025 MINISTERIO DE ECONOMÍA (BO 28/02/2025). A partir del 1 de marzo de 2025 bajan la tasa de interés resarcitorio y punitorio: -La tasa de interés resarcitorio será del 4% mensual ; La tasa de interés punitorio será del 5% mensual ; La tasa de interés aplicable a los supuestos de devolución, reintegro o compensación será del 0,75% mensual.-

· Jueves 27/02/2025 – Modificación tasa de interés del régimen de facilidades de pago permanente, unificando la tasa resarcitoria para todos los contribuyentes y aplicable a los planes presentados desde marzo de 2025 – Resolución ARCA 5656/2025 (BO 28/02/2025). A partir de la publicación de la presente resolución, se equipara la tasa de interés de financiación con la tasa de interés resarcitorio fijada por el Ministerio de Economía, lo que implica que todos los tipos de contribuyentes, incluyendo pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, y medianas empresas (tramos 1 y 2), contarán con la misma tasa de financiación para acceder a las facilidades de pago.-

· NOVEDADES Martes 25/02/2025 – EL GOBIERNO ELIMINO TRABAS PARA IMPORTACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS. Se derogaron una serie de resoluciones que imponían requisitos adicionales para la certificación eléctrica de productos importados, lo que simplificará el ingreso de electrodomésticos, dispositivos electrónicos y equipos de iluminación. La medida busca reducir costos y tiempos para importadores y consumidores, fomentando una mayor oferta y competencia en el mercado.-

· NOVEDADES Miércoles 26/02/2025 – ARANCELES USA A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS. El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, adelantó este miércoles que impondrá aranceles del 25% a los productos de la Unión Europea (UE) los que en caso de entrar en vigor se sumarían al arancel del 25% que comenzará a regir este 4 de Marzo sobre Canadá y México para todas las importaciones excepto para las energéticas que estarán gravadas en solo un 10%. Recordemos que durante Febrero ya se impusieron aranceles del 10% sobre China los cuales se podría incrementar incluso en +10% adicional según lo informado por el Gobierno USA.-·  RECORDATORIO – SISA ARCA - 28/Febrero VENCIMIENTO PLAZO PARA INFORMAR SUPERFICIE COSECHA GRUESA / CULTIVOS DE VERANO. Desde el día 1° de diciembre hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive el productor Agropecuario debe informar la superficie agrícola destinada a los cultivos mencionados en el “Anexo IP2-Superficie II” Algodón, Arroz, Girasol, Maíz, Maní, Mijo, Soja, Sorgo, Poroto y Otros granos provenientes de Cultivos de Verano.-

·  RECORDATORIO – PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes- RESOL-RG 5629-2024. El 03/02/2025 entro en vigencia el "Plan de Facilidades de pago ESPECIAL" por deudas fiscales vencidas al 31/12/2024 para Pequeños Contribuyentes, PyMES, Salud y Entidades SFL con Certificado PyME vigente durante el año 2024 con plazo de hasta 48 Cuotas mensuales, Tasa mensual 1,81% y con Plazo adhesión hasta el 30 Abr 2025 por lo que se considera que para este tipo de Empresas las Ejecuciones Fiscales y Embargos no se reactivarán por parte de ARCA hasta el 01/05/2025.-

· RECORDATORIO 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos. Este nuevo régimen promueve la incorporación de fondos al circuito formal de la economía con múltiples efectos dinamizadores mediante la incorporación de activos que contribuyen al consumo, el ahorro y la inversión. -Etapa 3 ADHESIÓN Desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive. DDJJ 6 de junio de 2025, inclusive. No podrá blanquearse dinero en efectivo. Quienes no lo hayan hecho durante la primera etapa, podrán exteriorizar cualquier otro bien pero con un costo mayor. En este caso, el impuesto especial será del 15 por ciento. Rige también la franquicia de USD 100.000 para comenzar a pagar el impuesto. Es decir que si una persona decide, por ejemplo, blanquear un inmueble por USD 150.000, deberá pagar el 15% sólo por el excedente, es decir, sobre 50.000 dólares. La adhesión al régimen ofrece tres beneficios fundamentales: Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: los bienes regularizados no serán objeto de ajustes retroactivos por presuntos ingresos no declarados. Liberación de sanciones civiles y penales: los contribuyentes quedarán eximidos de todas las sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos por los bienes que se declaren en el régimen, por las rentas que estos hubieran generado y los fondos que se hubieran utilizado para su adquisición. Tapón fiscal: liberación del pago de los impuestos que se hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes exteriorizados, así como de las respectivas obligaciones accesorias, alcanzando la liberación a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado. De tratarse de empresas, también se libera el gravamen que recae en cabeza de sus socios, es decir, que genera un efecto de “inmunidad” de grupo para el socio de una compañía y viceversa. En efecto, la liberación alcanza no solo a los bienes que se exterioricen en el régimen, sino también a aquellas tenencias y/o bienes que no se poseían al 31 de diciembre de 2023. Para ello deberá acreditarse la posesión o tenencia a esa fecha y en caso de bienes que hayan sido consumidos con anterioridad deberá acreditarse su trazabilidad respecto a los bienes exteriorizados.-

 

WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios

 


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