Novedades Walter Poncio y Cía

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14/01/2023
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación
SEMANA 9 al 13 de Enero

SEMANA 9 al 13 de Enero - Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación:

· Lunes 09/01/2023 – AFIP RG (AFIP) 5312 - MI Pymes REDUCCIÓN ANTICIPOS GANANCIAS por Pago BONO NO REMUNERATIVO $24.000 DEC. 841/2022. AFIP reglamentó la forma y demás aspectos necesarios para que las MiPyMes del Tramo 1 puedan reducir los anticipos del impuesto a las ganancias, con motivo del pago del bono de fin de año. Los sujetos comprendidos serán las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1, que cuenten con Certificado MiPyME vigente y estén registradas ante la AFIP, al 17/12/2022 bajo alguna de las siguientes caracterizaciones: 272 - Micro Empresas Ley 25.300 / 274 - Pequeñas Empresas Ley 25.300 / 351 - Medianas Empresas - Tramo1. Ley 25.300. La opción de reducción de anticipos podrá ser ejercida entre el 10 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2023 -siempre que exista al menos un anticipo sin vencer al momento de la presentación de la opción de reducción.-

· Viernes 13/01/2023 – Decreto 18/2023 – Reglamentación Ganancias, Monotributo e Incentivo a la Construcción. Permitirá deducir los gastos en educación al impuesto a las Ganancias (hasta 40% de los gastos destinados a servicios educativos de establecimientos públicos y privados de todos los niveles, incluyendo guarderías y jardines materno-infantiles), elevará el tope para camioneros que trabajen a más de 100 kilómetros de sus hogares (dirigido a los trabajadores camioneros cuyo recorrido exceda los 100 kilómetros del lugar habitual de trabajo a los cuales se les elevará el tope de la deducción por adicionales en sus salarios como gastos de movilidad, viáticos y comida), eleva montos de obra social a las categorías más altas de monotributo incluyendo aclaraciones en la incorporación del grupo familiar para los aportes de obra social del Monotributo.-

·         RECORDATORIO – RECATEGORIZACIÓN MONOTRIBUTO. El 20 de enero vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización semestral. La misma debe realizarse sobre la base de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre pasado y el precio unitario máximo de venta.

 

WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios

 


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