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11/02/2024 |
SEMANA 05 al 09 de Febrero – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!! |
· Lunes 05/02/2024 – Deuda Importadores - El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) eximió a los BOPREAL de ciertas restricciones en materia de operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, unificó los montos diarios máximos de operaciones y derogó las restricciones para la cartera propia de los ALYCs. (BO 08/02/2024).. Las modificaciones se orientan a exceptuar a los valores negociables emitidos por el BCRA (BOPREAL), de conformidad con la Comunicación “A” 7918, con sus modificatorias y concordantes, en lo que respecta al cumplimiento del plazo mínimo de tenencia en cartera para dar curso a transferencias emisoras a entidades depositarias del exterior de tales valores negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional. Por otro lado, se unifican condiciones y límites, elevando a 200 millones diarios para las operaciones y transferencias de valores negociables al exterior, exceptuándose asimismo a los mencionados BOPREAL de los límites y régimen informativo previo requeridos tanto para dar curso a las transferencias emisoras a entidades depositarias del exterior como para concertar su venta en el país con liquidación en moneda extranjera, en la medida que tales valores negociables hubieran sido adquiridos en un proceso de colocación o de licitación primaria y por hasta el valor nominal total así suscripto de dicha especie. Además, se derogan en su totalidad los requisitos y condiciones específicas exigidas para la concertación y liquidación de operaciones con valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina y con Certificados de Depósito Argentino (CEDEAR), por parte de aquellas subcuentas alcanzadas por el concepto de cartera propia y que revistan el carácter de inversores calificados.- · Martes 06/02/2024 – MINISTERIO DE JUSTICIA - Res Gral 10/2024. Sociedades Comerciales. SA. Fiscalización estatal permanente. Capital Social. Monto. Actualización (BO 08/02/2024).. Se dispone adecuar a la realidad económica y fijarse el monto de capital social mínimo de determinadas Sociedades comerciales en PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) a los fines del control estatal permanente de la autoridad contralor de su domicilio (INCISO 2º DEL ARTICULO 299 Ley 19.550 y modif. TO).- · NOVEDADES Sábado 03/02/2024 – Trabajadores de la Carne acordaron una fuerte recomposición salarial del 324,5% respecto de los salarios del mes de marzo del 2023.. El acuerdo salarial se celebró en el Convenio Colectivo de Trabajo N°56/75 y comprende los meses de enero, febrero y marzo de 2024, según consignaron fuentes gremiales. En ese marco, se estableció una asignación no remunerativa de $150.000 por recomposición salarial por el mes de enero de 2024 que se incorporará como base de negociación para la nueva paritaria salarial que tendrá vigencia desde abril de 2024 a marzo de 2025. Además, los trabajadores acordaron una recomposición salarial del 190% a partir de febrero y 230% desde marzo, ambas calculadas al tercer mes del 2023. La Federación de la Carne, cuenta con más de 50.000 afiliados distribuidos en más de 70 filiales ubicadas en todo el país.- · NOVEDADES Miércoles 07/02/2024 – La inflación porteña fue del 21,7% en enero y trepó al 238% en los últimos doce meses.. La inflación de enero en la Ciudad de Buenos Aires se ubicó en 21,7%, lo que representa una leve aceleración respecto al 21,1% de diciembre. De esta manera, la variación interanual fue del 238,5%, según informó la Dirección General de Estadísticas y Censos porteña (DGEyC). A nivel país los privados estiman que la inflación del primer mes de 2024, tras el 25,5% de diciembre, se mantendrá en una zona cercana al 20%. · RECORDATORIO – SISA IP2 – Deber de presentar Información Productiva sobre Superficie Cultivos de Verano desde el 01/12/2023 hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la Información Productiva 2 “IP2” desde el día 1° de diciembre hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar la Superficie agrícola destinada a los cultivos de verano 2022-2023, mencionados en el “Anexo IP2-Superficie II” además de las variedades de soja utilizada como semilla. · RECORDATORIO – SISA IP4 – Deber de presentar Información sobre Producción Cultivos de Invierno desde el 01/01/2023 hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la Información sobre Producción I de Granos de Invierno “IP4” desde el día 1° de enero hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar la Producción obtenida de los cultivos de invierno 2023-2024, mencionados en el “Anexo IP4-Producción I”.- WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios |
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