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04/02/2024 |
SEMANA 29/Enero al 2/Febrero – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!! |
· Lunes 29/01/2024 – Secretaría de Comercio de la Nación –
DEROGACIÓN CONTROLES DE PRECIOS – Resolución 51/2024 (BO 29/01/2024). El
Gobierno Nacional dispuso la derogación -a través de la Resolución 51/2024,
publicada este lunes en el Boletín Oficial- de 69 normas relacionadas con
Precios Justos, Ley de Góndolas y de Abastecimiento, con el objetivo de
"disminuir la burocracia, fortalecer la competencia y mejorar el
comercio".- · Martes 30/01/2024 – AFIP – Adecuación Tasas Plan de
Facilidades RG 5321 – Resolución General 5481/2024. Norma modificatoria (BO
30/01/2024). Se adecua la tasa de interés de financiación para los
Planes de Facilidades Permanentes RG 5321, la mima será la que resulte de
aplicar el 50%, 60% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la
fecha de consolidación del plan de facilidades de pago- prevista en el artículo
1° de la Resolución 3/2024 ME. Es decir que serán de: 7,63%, 9,16% y 15,27%
según corresponda. Quedando sujetas las “CONDICIONES DE LOS PLANES DE
FACILIDADES DE PAGO según el ANEXO CORRESPONDIENTE” a partir del 1 de febrero
de 2024 según lo determinado en función al tipo particular del contribuyente.- · Jueves 01/02/2024 – Aumento Impuestos a los Combustibles
- Decreto (PE) Nº 107/2024 (BO 01/02/2024). Cronograma de incremento por
actualización del Impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de
carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil del 2023 (BO
01/02/2024). Establecen el cronograma de incremento en los montos de
los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para la nafta
sin plomo, la nafta virgen y el gasoil: (a) 1er. y 2do. trimestres 2023: a
partir del 01/03/2024; (b) 3er. trimestre 2023: 01/04/2024; y (c) 4to.
trimestre 2023: a partir del 01/05/2024. Los incrementos por las
actualizaciones del 3er y 4to trimestre 2021 y los 4 trimestres del 2022, se
aplican a partir del 01/02/2024.- · Jueves 01/02/2024 – AFIP - Suspensión juicios de
ejecución fiscal y traba de medidas cautelares. RG 5482/2024 (BO 01/02/2024).. Mediante
la RG 5482/2024 se suspende DESDE 1 de febrero de 2024 HASTA el 31 de julio de
2024, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de
medidas cautelares para los sujetos que se indican a continuación: -Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME” vigente al
31-1-2024 y que cuenten con la caracterización correspondiente en el “Sistema
Registral”. -Pequeños
contribuyentes: personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el
“Sistema Registral” con el código “547 – Pequeño Contribuyente”. -Entidades
sin fines de lucro: registradas en AFIP al 31-1-2024, bajo alguna de las formas
jurídicas de: Asociación, Fundación, Cooperativa, Cooperativa efectora,
Consorcio de Propietarios, Mutual, Cooperadora, Otras entidades civiles,
Instituto de vida consagrada, Asociación Simple, Iglesia, Entidades religiosas,
Iglesia Católica. -Contribuyentes
pertenecientes al sector de salud: cuya actividad económica principal se
corresponda con alguna de las del Anexo. Serán caracterizados en el “Sistema
Registral” con el código “533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el
Sector Salud”, en función de la información proporcionada por el Ministerio de
Salud de la Nación.- · NOVEDADES Viernes 02/02/2024 – Puntos pendientes de
Tratamiento en la Ley Ómnibus con impacto en la Agro Industria. Tras el
retiro del capítulo fiscal del Gobierno de la ley ómnibus, todavía quedan
algunos puntos relacionados con el sector agropecuario que buscarán tratamiento
en el Congreso y que se van a comenzar a discutir en los próximos días en la
Cámara de Diputados, en la lista de los principales temas están: -la ley de Biocombustible ; -el Régimen Federal Pesquero ; -la Upov-91 (propiedad intelectual en semillas) ; -la ley de Manejo del Fuego ; -la privatización del INTea ; -la aprobación de un régimen igualitario de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenan animales o se elaboran o depositan productos de origen animal.- · RECORDATORIO – SISA IP2 – Deber de presentar Información
Productiva sobre Superficie Cultivos de Verano desde el 01/12/2023 hasta el
último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les
recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la
Información Productiva 2 “IP2” desde el día 1° de diciembre hasta el último día
del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar
la Superficie agrícola destinada a los cultivos de verano 2022-2023,
mencionados en el “Anexo IP2-Superficie II” además de las variedades de soja
utilizada como semilla.- · RECORDATORIO – SISA IP4 – Deber de presentar Información
sobre Producción Cultivos de Invierno desde el 01/01/2023 hasta el último día
del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les
recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la
Información sobre Producción I de Granos de Invierno “IP4” desde el día 1° de
enero hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos
inclusive, consistente en informar la Producción obtenida de los cultivos de
invierno 2023-2024, mencionados en el “Anexo IP4-Producción I”.- WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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