Novedades Walter Poncio y Cía

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01/01/2024
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación.
SEMANA 26 al 29 de Diciembre!!!!

SEMANA 26 al 29 de Diciembre – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!

·                    Martes 26/12/2023 – PLAN DE FACILIDAD DE PAGO PARA DEUDAS DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES Resolución 5192/2023.. Se estableció un PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL -Leyes N° 25.191.- DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES -RENATRE- para el periodo 2024, destinado a empleadores rurales de todo el país, con el objeto de cancelar las obligaciones de la seguridad social que se adeuden al Registro.-

·                    NOVEDADES – Monotributo: nuevos valores a partir del 1° de enero.. El porcentaje en que decidió aumentar el organismo quedo lejos del alza de precios de la economía en los últimos meses. Desde enero hasta noviembre de 2023, según el reporte del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la inflación acumulada fue de 148,2%, mientras que el ajuste en los nuevos valores dispuestos alcanzan para la facturación semestral un incremento del 49% y en 110,9% para el de caso de los aportes anuales.-

·                    NOVEDADES – MORATORIA, PLAN DE PAGO Y BLANQUEO DE CAPITALES EN LA LEY DE BASES Y PUNTOS DE PARTIDA PARA LA LIBERTAD DE LOS ARGENTINOS (PE) Nº 72/2023 (BO 22/12/2023).. En el capítulo de medidas fiscales, el oficialismo propuso la creación de un "Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social" con el objetivo de lograr el pago voluntario de las obligaciones para contribuyentes y responsables que adeuden dichas obligaciones frente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con vencimiento al 30 de noviembre de 2023, inclusive o infracciones relacionadas pudiendo acogerse al régimen con el incentivo de beneficios, como la reducción de intereses, según la modalidad de adhesión y el tipo de deuda. Respecto al Blanqueo de capitales se estipula que no pagarán quienes regularicen hasta US$ 100.000, habilitándose tres etapas para regularizar activos donde la alícuota comenzará en 0% y la máxima será 15% con un mecanismo de cancelación donde el impuesto se pagaría hasta un 75% por adelantado.-

·                    RECORDATORIO – SISA IP2 – Deber de presentar Información Productiva sobre Superficie Cultivos de Verano desde el 01/12/2023 hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la Información Productiva 2 “IP2” desde el día 1° de diciembre hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar la Superficie agrícola destinada a los cultivos de verano 2022-2023, mencionados en el “Anexo IP2-Superficie II” además de las variedades de soja utilizada como semilla.-

·                    RECORDATORIO – SISA IP4 – Deber de presentar Información sobre Producción Cultivos de Invierno desde el 01/01/2023 hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la Información sobre Producción I de Granos de Invierno “IP4” desde el día 1° de enero hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar la Producción obtenida de los cultivos de invierno 2023-2024, mencionados en el “Anexo IP4-Producción I”.-

·                       RECORDATORIO – NUEVAS PRÓRROGAS Emergencia agropecuaria POR PROVINCIA!!!! para el acceso a los Beneficios sobre Impuestos Nacionales que surgen de la conjunción del Decreto 193/23 y la Resolución 5.350 de la AFIP. Les recordamos que corresponde a las Provincias las Declaraciones de Desastre y/o Emergencia Agropecuaria, así como fijar los plazos para la tramitación de los correspondientes Certificados por Establecimiento habiéndose prorrogado en la mayoría de las Provincias los plazos para su obtención, para de esa manera tener acceso, según lo dispuesto por la norma original Decreto 193/23 (BO 09/04/23), a los beneficios establecidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la AFIP y MINISTERIOS de las respectivas para Productores damnificados. Así mismo es obligación del Poder Ejecutivo Nacional ratificar lo dispuesto por las provincias a los fines de acceder a todas las medidas paliativas.

 

WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios

 


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