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01/01/2024 |
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación. |
SEMANA 26 al 29 de Diciembre!!!! |
SEMANA 26 al 29 de Diciembre – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras
de posible impacto en vuestra Explotación!!!! ·
Martes 26/12/2023 – PLAN DE FACILIDAD DE PAGO PARA DEUDAS
DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES Resolución
5192/2023.. Se estableció un PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS
DE LA SEGURIDAD SOCIAL -Leyes N° 25.191.- DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES -RENATRE- para el periodo 2024, destinado a empleadores
rurales de todo el país, con el objeto de cancelar las obligaciones de la
seguridad social que se adeuden al Registro.- ·
NOVEDADES – Monotributo: nuevos valores a partir del 1°
de enero.. El porcentaje en que decidió aumentar el organismo
quedo lejos del alza de precios de la economía en los últimos meses. Desde
enero hasta noviembre de 2023, según el reporte del Instituto Nacional de
Estadística y Censos (INDEC), la inflación acumulada fue de 148,2%, mientras
que el ajuste en los nuevos valores dispuestos alcanzan para la facturación
semestral un incremento del 49% y en 110,9% para el de caso de los aportes
anuales.- ·
NOVEDADES – MORATORIA, PLAN DE PAGO Y BLANQUEO DE
CAPITALES EN LA LEY DE BASES Y PUNTOS DE PARTIDA PARA LA LIBERTAD DE LOS
ARGENTINOS (PE) Nº 72/2023 (BO 22/12/2023).. En el capítulo de
medidas fiscales, el oficialismo propuso la creación de un "Régimen de
Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad
Social" con el objetivo de lograr el pago voluntario de las obligaciones
para contribuyentes y responsables que adeuden dichas obligaciones frente a la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con vencimiento al 30 de noviembre
de 2023, inclusive o infracciones relacionadas pudiendo acogerse al régimen con
el incentivo de beneficios, como la reducción de intereses, según la modalidad
de adhesión y el tipo de deuda. Respecto al Blanqueo de capitales se estipula
que no pagarán quienes regularicen hasta US$ 100.000, habilitándose tres etapas
para regularizar activos donde la alícuota comenzará en 0% y la máxima será 15%
con un mecanismo de cancelación donde el impuesto se pagaría hasta un 75% por
adelantado.- ·
RECORDATORIO – SISA IP2 – Deber de presentar Información
Productiva sobre Superficie Cultivos de Verano desde el 01/12/2023 hasta el
último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les
recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la
Información Productiva 2 “IP2” desde el día 1° de diciembre hasta el último día
del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive, consistente en informar
la Superficie agrícola destinada a los cultivos de verano 2022-2023,
mencionados en el “Anexo IP2-Superficie II” además de las variedades de soja
utilizada como semilla.- ·
RECORDATORIO – SISA IP4 – Deber de presentar Información
sobre Producción Cultivos de Invierno desde el 01/01/2023 hasta el último día
del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.. Les
recordamos que los Productores deberán realizar la presentación de la
Información sobre Producción I de Granos de Invierno “IP4” desde el día 1° de
enero hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos
inclusive, consistente en informar la Producción obtenida de los cultivos de
invierno 2023-2024, mencionados en el “Anexo IP4-Producción I”.- ·
RECORDATORIO – NUEVAS PRÓRROGAS Emergencia agropecuaria
POR PROVINCIA!!!! para el acceso a los Beneficios sobre Impuestos Nacionales que
surgen de la conjunción del Decreto 193/23 y la Resolución 5.350 de la AFIP. Les
recordamos que corresponde a las Provincias las Declaraciones de Desastre y/o
Emergencia Agropecuaria, así como fijar los plazos para la tramitación de los
correspondientes Certificados por Establecimiento habiéndose prorrogado en la
mayoría de las Provincias los plazos para su obtención, para de esa manera
tener acceso, según lo dispuesto por la norma original Decreto 193/23 (BO
09/04/23), a los beneficios establecidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, la AFIP y MINISTERIOS de las respectivas para Productores
damnificados. Así mismo es obligación del Poder Ejecutivo Nacional ratificar lo
dispuesto por las provincias a los fines de acceder a todas las medidas paliativas. WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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