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25/11/2023 |
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación. |
SEMANA 20 al 24 de Noviembre!!!! |
SEMANA 20 al 24 de Noviembre – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras
de posible impacto en vuestra Explotación!!!! ·
Martes 21/11/2023 – Dólar Diferencial. Prórroga al
Programa de Incremento Exportador DEC. 597/2023 (BO 21/11/2023). Se
establece prorrogar hasta el 10 de diciembre de 2023, inclusive, la vigencia de
las disposiciones contenidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 549 del
23 de octubre de 2023 el cual estableció que el contravalor de la exportación
de las prestaciones de servicios comprendidas en el inciso c) del apartado 2
del artículo 10 del Código Aduanero y de la exportación de las mercaderías comprendidas
en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), incluidos los supuestos de
prefinanciación y/o post-financiación de exportaciones del exterior o un
anticipo de liquidación, deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse,
un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) a través del Mercado Libre de Cambios (MLC),
debiendo el exportador, por el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) restante, concretar
operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación
en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.- ·
Miércoles 22/11/2023 – Empleadores - Aplicación móvil “Mi
AFIP” para la opción “ALTA YA” RG 5448/2023 (BO 22/11/2023). Los
empleadores podrán cumplir con la obligación de registrar las altas de las
relaciones laborales accediendo a la aplicación móvil “Mi AFIP” / “ALTA YA”
pudiendo solicitar en relación con cada uno de los trabajadores que incorporen
a su nómina el Alta Definitiva si es que cuentan con todos los datos del
empleado o sino el Alta Provisoria.- ·
Jueves 23/11/2023 – SIOGRANOS Secretaría de Agricultura -
Información Obligatoria de las operaciones de Compraventa de Granos RES.
438/2023 (BO 23/11/2023). La presente medida apunta a que todas las
operaciones de compraventa, sean del tipo disponible, contado, forwards, a
fijar precio, canje, directas o de otras modalidades, en las cuales se produce
transferencia de titularidad, sobre productos y subproductos que conforman el
mercado físico bajo competencia de la Secretaría de Mercados Agroindustriales dependiente
del Ministerio de Agroindustria, sean registradas hasta las 23.59 del día en
que se concierten, en el sistema informático centralizado a nivel nacional,
desarrollado por los mercados bajo competencia de la Comisión Nacional de
Valores y las Bolsas de Comercio o de Cereales, por intermedio de operadores
inscriptos en el Registro único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) que lleva
la Secretaría de Agricultura y se publiquen de manera diaria los valores
resultantes de los datos de las operaciones registradas durante el día anterior
al cierre, según el procedimiento estipulado en el Monitor de Siogranos,
sirviendo como referencia para observar los valores por tonelada pagados por
los diferentes granos.- ·
Jueves 23/11/2023 – Dólar Tarjeta AFIP RES. 5450/2023 (BO
23/11/2023). Se determinó que para la compra de bienes y servicios
del exterior se incrementó la alícuota de percepción del impuesto a las
Ganancias del 45 al 100 por ciento, mientras que se mantuvo la tasa del 25 por
ciento por adelanto de Bienes Personales. De esta forma el recargo en el valor
del tipo de cambio llegó al 125%, a lo que hay que sumar el 30% del Impuesto
PAÍS, por lo que el recargo final es del 155 por ciento. En la práctica el
dólar tarjeta saltó de $744 el día 22/11 a $949,87 el 23/11 (27,6% de suba),
tomando como referencia el tipo de cambio del Banco Nación.- ·
RECORDATORIO – NUEVAS PRÓRROGAS Emergencia agropecuaria
POR PROVINCIA!!!!, para el acceso a los Beneficios sobre Impuestos Nacionales
que surgen de la conjunción del Decreto 193/23 y la Resolución 5.350 de la AFIP. Les
recordamos que corresponde a las Provincias las Declaraciones de Desastre y/o
Emergencia Agropecuaria, así como fijar los plazos para la tramitación de los
correspondientes Certificados por Establecimiento habiéndose prorrogado en la
mayoría de las Provincias los plazos para su obtención, para de esa manera
tener acceso, según lo dispuesto por la norma original Decreto 193/23 (BO
09/04/23), a los beneficios establecidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, la AFIP y MINISTERIOS de las respectivas para Productores
damnificados. Así mismo es obligación del Poder Ejecutivo Nacional ratificar lo
dispuesto por las provincias a los fines de acceder a todas las medidas
paliativas. WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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