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12/11/2023 |
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación. |
SEMANA 06 al 10 de Noviembre!!!! |
SEMANA 6 al 10 de Noviembre – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras
de posible impacto en vuestra Explotación!!!! ·
SEMANA ANTERIOR Viernes 03/11/2023 –
RESOG-2023-5442-E-AFIP-AFIP - Programa de Incremento Exportador. Ampliación del
plazo autorizado de la solicitud de destinación de exportación. Decreto Nº
443/23. Resolución N° 338/23 (SAGyP). Norma complementaria.(BO 03/11/2023). Se amplía
plazo, a partir del 03/11/2023, mediante prórroga por 90 días de los programas
Incremento exportador y de Economías regionales (excepto productos especiales
Ley 21.453) con liquidación divisas 75% en el mercado de cambios y 25% porcentaje
de libre disponibilidad según Contravalor (Dec 576/2022 y 443/2023).- ·
Martes 07/11/2023 – RENATRE incremento de los montos de
la Prestación por Desempleo – Resolución 5163/2023 (BO 07/11/2023). El Cuerpo
Directivo del RENATRE, resolvió el 24 de octubre de 2023, por Acta N° 129,
aprobar el incremento del monto de la Prestación por Desempleo mensual a partir
del mes de diciembre del 2023 y estableció el monto mínimo de dicha prestación
en PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIEN CON 00/100 CVOS ($35.100,00) y el monto
máximo en PESOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CON 00/100 CVOS ($70.200,00).- ·
Martes 07/11/2023 – Camioneros CCT 40/89. Asignación No
Remunerativa y prórroga de contribución a la obra social (BO 07/11/2023). El nuevo
acuerdo establece el pago de una suma no remunerativa extraordinaria para los
trabajadores del Sindicato de Camioneros CCT 40/89 de $ 240.000 que será
abonada en cuatro cuotas de $60.000 en los meses de febrero, marzo, abril y
mayo 2024., asimismo se prorrogó la obligación de pago a cargo de los empleadores
de la contribución solidaria extraordinaria y de carácter excepcional a las
obras sociales OBRA SOCIAL DE CHOFERES DE CAMIONES y OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES
CAMIONEROS Y PERSONAL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS de $ 6.000 por cada
uno de los trabajadores comprendidos en el presente convenio correspondiente a
los meses de Noviembre y Diciembre de 2023 y de $ 7.000 correspondiente a los
meses de Enero y Febrero de 2024.- ·
Martes 07/11/2023 – Carta documento con validación de
identidad Digital - Disposición 1197/2023 ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (BO
07/11/2023). Se crea sistema de verificación de identidad digital del
remitente mediante el Sistema de Identidad Digital (SID) del REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS (en adelante RENAPER) mediante la validación remota de
identidad en tiempo real con el RENAPER mediante factores de autenticación
biométrica (reconocimiento facial). Este proceso se realiza por única vez cada
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días con la utilización de un teléfono móvil.
En la Carta Documento se imprimen nombre y documento del remitente de la carta
en forma automática, cuya identidad fue verificada, incluyendo también al pie
la leyenda: “La identidad del remitente está validada ante RENAPER”. El Pago es
online a través de medios electrónicos con los que dispone el Correo Oficial de
la República Argentina Sociedad Anónima.- ·
Miércoles 08/11/2023 – Créditos de hasta 1 millón
para Trabajadores – Decreto 588/2023 (BO 08/11/2023). Las y los
trabajadores en relación de dependencia que no se encuentren alcanzados por el
Impuesto a las Ganancias, es decir, con salarios no mayores a $1.980.000
(brutos), podrán solicitar un crédito de hasta 1 millón de pesos, con una tasa
del 50% subsidiada por el Estado Nacional y en 24, 36 o 48 cuotas, que se
depositará en la tarjeta de crédito asociada a la cuenta sueldo de la persona
solicitante. Para gestionarlo el trabajador deberá Ingresar a mi ANSES o a la
app mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, buscar la opción Créditos
ANSES, opción Créditos ANSES, Créditos para trabajadores en relación de
dependencia. Generar la solicitud siguiendo los pasos establecidos.- ·
Viernes 10/11/2023 – Ayuda Económica para
Trabajadores del Programa Intercosecha. Resolución 1982/2023 MTESS (BO
07/11/2023). Los trabajadores que ingresen al PROGRAMA INTERCOSECHA
percibirán, a mes vencido, una ayuda económica no remunerativa mensual de $
64.000 a partir del mes de octubre de 2023. El PROGRAMA INTERCOSECHA tiene por
objeto asistir en todo el territorio nacional a las trabajadoras y los
trabajadores temporarios del sector agrario y agroindustrial que se encuentren
inactivos durante el periodo entre cosechas del o de los cultivos en los que se
ocupan, promoviendo la mejora de sus condiciones de empleabilidad y de inserción
laboral. Además el PROGRAMA INTERCOSECHA prevé, para sus destinatarias/os, la
asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso
estacional de su actividad laboral; el acceso a los cursos y/o acciones de
formación ofrecidos por el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA, a las
ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, al
PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES y a otros
programas o acciones de empleo implementados por el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y facilidades para movilizarse hacia otras regiones
del territorio nacional durante la contra temporada con el fin de insertarse en
empleos relacionados con otros cultivos.- ·
NOVEDADES – En Mendoza la Justicia falló contra la AFIP:
se pronunció a favor de un contribuyente y determinó que en su caso el impuesto
a las grandes fortunas era confiscatorio (08/11/2023). La
Cámara Federal Fiscal de Mendoza consideró que el denominado “Aporte Solidario”
resultó confiscatorio porque absorbía una parte sustancial de la renta de los
bienes gravados, además de ser ilegal por la retroactividad que se genera al
tratar de gravar a aquellos contribuyentes que a la fecha del dictado de la ley
(18/12/2020) ya no eran residentes tributarios argentinos pues la misma
pretendía gravar los bienes a partir del 31/12/2019. En primera instancia el
contribuyente tuvo un fallo favorable y el 12 de octubre pasado, la Cámara
Federal de Mendoza ratificó ese fallo determinando para ese caso en particular,
que el impuesto es confiscatorio y además con una retroactividad
inconstitucional.- o
NOVEDADES – Pago a cuenta del IVA para operaciones de
hacienda, nuevos valores correspondientes a los a los pagos a cuenta,
retenciones y percepciones aplicables a partir del 1° de noviembre
(08/11/2023). La AFIP, por medio de la resolución general
3873, creó el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y
Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas al que deben
inscribirse en las distintas categorías los sujetos que operen en la
compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina/bubalina o su
faenamiento, estableciendo también un regímenes de percepción, pago a cuenta y
retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de faena y
comercialización de animales, carnes y cueros de las especies bovina y
bubalina, con su correspondiente mecánica de liquidación con valores
actualizados a partir de Noviembre 2023.- ·
RECORDATORIO – NUEVAS PRÓRROGAS Emergencia
agropecuaria POR PROVINCIA!!!!, para el acceso a los Beneficios sobre Impuestos
Nacionales que surgen de la conjunción del Decreto 193/23 y la Resolución 5.350
de la AFIP. Les recordamos que corresponde a las Provincias las
Declaraciones de Desastre y/o Emergencia Agropecuaria, así como fijar los
plazos para la tramitación de los correspondientes Certificados por
Establecimiento habiéndose prorrogado en la mayoría de las Provincias los
plazos para su obtención, para de esa manera tener acceso, según lo dispuesto
por la norma original Decreto 193/23 (BO 09/04/23), a los beneficios
establecidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la AFIP y
MINISTERIOS de las respectivas para Productores damnificados. Así mismo es
obligación del Poder Ejecutivo Nacional ratificar lo dispuesto por las
provincias a los fines de acceder a todas las medidas paliativas. WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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