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16/09/2023 |
RESUMEN SEMANAL Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación. |
SEMANA 11 al 15 de Septiembre !!!! |
SEMANA 11 al 15 de Septiembre – Principales NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras
de posible impacto en vuestra Explotación!!!! ·
Lunes 11/09/2023 – Emergencia Agropecuaria - Programa de
Aporte de Nutrientes 2023. SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
MINISTERIO DE ECONOMÍA RESOL-2023-1280-APN-MEC023 (BO 04/09/2023). El
“Programa de Aporte de Nutrientes 2023”, destina 30 millones de dólares para la
adquisición de urea fertilizante con el objetivo de acompañar a las y los
pequeños y medianos productores de trigo y maíz en lograr mayores rendimientos,
más proteína en grano y reposición de nutrientes a los suelos. El Programa
beneficiará con la asignación de hasta 5.000 kg de urea a aquellos productores
y productoras que hayan sembrado hasta 150 hectáreas de trigo y/o trigo candeal
y/o 150 hectáreas de maíz para la campaña 2022/2023, en una zona declarada en
emergencia agropecuaria entre el 1 de mayo de 2022 y el 31 de enero de 2023
respecto del trigo, y entre el 1 de agosto de 2022 y 30 de junio de 2023
respecto del maíz; además de declarar que para la campaña 2023/2024 han
sembrado trigo y/o asumen el compromiso de siembra de maíz.- ·
Martes 12/09/2023 – Billeteras virtuales: nuevo medio de
pago aceptado por AFIP (BO 04/09/2023). La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sumó a las billeteras virtuales como nuevo
medio de pago aceptado para que las y los contribuyentes abonen sus
obligaciones fiscales. Los pagos pueden hacerse tanto con código QR como con
número de VEP (volante electrónico de pago).- ·
Miércoles 13/09/2023 – Ganancias Sueldos y Jubilaciones -
Decreto PE 473/23 (BO 13/09/2023). El Gobierno oficializó el Decreto
473/2023 mediante el cual se establece que solo los ingresos que superen el
equivalente a quince (15) salarios mínimos, vitales y móviles mensuales estarán
sujetos al impuesto a las ganancias a partir de octubre. En este sentido,
aquellos que ganen por debajo de este umbral, que en la actualidad equivalen a
$1.770.000.-, estarán exentos del impuesto.- ·
Jueves 14/09/2023 – ANSES - AUMENTO Aportes Mensuales
Autónomos. Valores Vigentes para los Trabajadores a partir de Septiembre/23
Res. 186/23.. A partir del 15/09/2023 entran en vigencia los nuevos
valores de aportes para los trabajadores autónomos, El aumento con respecto a
los valores anteriores es del 18,89%, mientras que el índice de movilidad
jubilatoria es del 23,92%.- ·
NOVEDADES – FADEEAC: Costos del transporte Agosto/2023:
20,30% Final El Índice de Costos de Transporte elaborado por FADEEAC
(Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas)
terminó registrando en agosto de 2023 un incremento de 20.30% -tras la
proyección del 17% realizada al 18-08-, teniendo en cuenta los fuertes y
vertiginosos impactos en los costos de la actividad que se derivaron de la
depreciación del TC oficial ocurrida a mediados del mes. Los meses previos (junio
y julio, con aumentos mensuales en torno al 5%), el ICT venía exhibiendo una
desaceleración. El pronunciado incremento de agosto (20.3%) implica un también
marcado aumento acumulado en el transcurso del año (92.5%, enero-agosto de
2023). Al mismo tiempo, al contabilizar la entrada en vigencia de la primera
cuota del CCT vigente a partir de setiembre (25%) (Acuerdo Paritario setiembre
2023-febrero 2024), el incremento acumulado estaría superando el 100 % al
tercer trimestre (enero-setiembre de 2023).- ·
RECORDATORIO – A.F.IP. SISA RG5236 /
Declaración de Producción Cultivos de Verano - “IP5” El
productor deberá informar desde el 1/08/2023 y hasta el 30/09/2023, ambos
inclusive, la Producción de granos detallados en “Anexo IP 5 - Producción II”
(Cultivos de verano) obtenidos independientemente del destino que se le otorgue
a los mismos con posterioridad a la cosecha de dichos bienes. No cumplir con
este paso puede tener repercusiones en la gestión de los contratos y en la
clasificación dentro del SISA, con consecuencias financieras. Se recomienda
declarar las existencias propias, de terceros y los campos propios y explotados
sin stocks. Además, no olvides reportar las existencias al 30/09.- ·
RECORDATORIO – A.F.IP. RG 5.361 – Plan
de Facilidades de Pago hasta en 84 cuotas por Obligaciones vencidas al 30 de
abril de 2023. Este servicio web de la AFIP estará disponible para que los
contribuyentes empiecen a adherir al plan de pagos especial a partir del
próximo día Lunes 29 de mayo y hasta el 29 de septiembre próximo.. Algunos
de los puntos del plan especial que se aclararon con la resolución de AFIP son
los siguientes: 1. No se
exigirá un pago a cuenta. 2. No se
tendrá en cuenta el perfil de cumplimento (SIPER). 3. La tasa
de financiación será 70% al 100% del interés resarcitorio vigente, que hoy es
de 5,91% mensual. 4. La
consolidación de deuda se realizará a la fecha de adhesión. 5. Débitos:
únicamente vía CBU día 16, o día 12 mes siguiente cuando se trate de la
rehabilitación del plan. 6. Cantidad
de Cuotas: Micro y Pequeñas Empresas las opciones son hasta 84 cuotas, para
impuestos; 36, seguridad social y 12 en retenciones y percepciones. Para las
medianas empresas tramo I son 48, 24 y 6 cuotas, con 80% de la tasa, y para el
resto son 36, 18 y 3, con la tasa de resarcitorios que cobra el organismo
recaudador. 7.
Caducidad: por falta de pago de 1 o 3 cuotas, según el contribuyente. 8. Se
rechazará el plan si, durante su vigencia, se realizan operaciones de venta de
moneda extranjera a través de los dólares financieros. 9. Se exige
el allanamiento a las pretensiones de AFIP para la deuda en discusión
administrativa, judicial o ejecución fiscal. 10. Plazo
de Adhesión: hasta el 30 de Septiembre de 2.023.- ·
RECORDATORIO – PRÓRROGAS Emergencia agropecuaria POR
PROVINCIA, para el acceso a los Beneficios sobre Impuestos Nacionales que
surgen de la conjunción del Decreto 193/23 y la Resolución 5.350 de la AFIP. Les
recordamos que corresponde a las Provincias las Declaraciones de Desastre y/o
Emergencia Agropecuaria, así como fijar los plazos para la tramitación de los
correspondientes Certificados por Establecimiento habiéndose prorrogado en la
mayoría de las Provincias los plazos para su obtención, para de esa manera
tener acceso, según lo dispuesto por la norma original Decreto 193/23 (BO
09/04/23), a los beneficios establecidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, la AFIP y MINISTERIOS de las respectivas para Productores
damnificados. WALTER PONCIO Y CIA. S.A.
Negocios Agropecuarios |
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